Este Hotel cuenta con un seguro de Responsabilidad civil el cual cumple con la Norma NOM-07-TUR-96
- Incendio en el Edificio
- Explosión
- Huracán y Granizo
- Huelgas y Alborotos
- Naves aéreas, vehículos y humo
- Caída de árboles y antenas
- Daños por agua (rotura o filtraciones accidentales de las tuberías o sistemas de abastecimiento de agua o vapor)
- Incendio de Contenidos
- Incendio y/o Rayo
- Explosión
- Huracán y Granizo
- Huelgas y Alborotos
- Naves aéreas, vehículos y humo
- Caída de árboles y antenas
- Daños por agua (rotura o filtraciones accidentales de las tuberías o sistemas de abastecimiento de agua o vapor)
- Cristales
- Daños materiales por accidentes
- Dinero y Valores (que se encuentren dentro de la caja de seguridad del Hotel)
- Dentro y Fuera
- Equipo Electrónico
- Responsabilidad Civil General
- R.C. Actividades e Inmuebles (Daños a terceros por su actividad imputable a el como su responsabilidad
- R.C. Comercio
- R.C. Estacionamiento (daños materiales y robo)
Se da por entendido que lo mencionado anteriormente es lo amparado por dicha póliza, por lo que lo no mencionado es aquello no amparado por la aseguradora. En caso de requerir exclusiones de cada cobertura es necesario irse al estudio de las condiciones de la póliza.
En caso de ocurrir un siniestro el procedimiento a seguir para reclamación es el siguiente. Al reportar el siniestro se le harán las siguientes preguntas:
- Número de póliza
- Nombre del asegurador
- Fecha y hora del accidente
- Lugar del accidente
- Persona a contactar y teléfono
- Causa del daño
- Bienes facturados
Después de concluido el trámite, un ajustador de la compañía se pondrá en contacto con Usted y dará seguimiento al estudio del siniestro y en caso de determinarse procedente, correrá procedimiento de indemnización.
Se recalca que quedan amparados todos los hechos u omisiones que en términos de la legislación civil federal vigente causen la muerte o el menoscabo de la salud de dichos turistas o usuarios, el deterioro, pérdida o la destrucción de bienes propiedad de los mismos, derivados de las actividades propias del usufructuario de terrenos, edificios o locales que sean utilizados para su actividad, así como los complementarios que suministren a terceros y la responsabilidad civil legal personal de sus empleados y trabajadores derivada del desempeño de sus funciones.
*Queda entendido que los casos por los que el seguro no responsabiliza al turista o usuario por los daños que sufra en sus bienes o en su persona, es cuando determina por autoridad competente que el asegurado no tiene responsabilidad civil por el daño causado del tercero.
Atentamente,
La Administración